Novedades normativas en Medio Ambiente

Resolución No. 1107 de 01-08-2019 (Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible)

 Modifica la entrada en vigencia de la Resolución No. 1402 de 2018, por medio de la cual se adopta la “Metodología General para la Elaboración y Presentación de Estudios Ambientales”, su vigencia se encontraba prevista a partir del 02-08-2019. Sin embargo, por medio de la expedición de esta Resolución la nueva metodología será exigible a partir del 2 de Agosto de 2020.

No obstante, aquellos estudios ambientales que se presenten conforme a lo establecido por la Resolución No. 1402 de 2018, deberán ser recibidos por las autoridades ambientales y continuarán con el trámite previsto en los artículos 2.2.2.3.6.1 y posteriores del Decreto 1076 de 2015, para la evaluación y otorgamiento o no de la licencia ambiental.

Decreto No. 1532 de 2019 de 26-08-2019 (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible)

Adiciona y modifica algunas definiciones contempladas en el Artículo 2.2.1.1.1.1 del Decreto 1076 de 2015, relacionadas con el aprovechamiento forestal. Sustituye la Sección 12 denominada “De las Plantaciones Forestales”, de la siguiente forma:

  • Determina las clases de plantaciones forestales: protectoras- productoras y protectoras.
  • Registro de las Plantaciones Forestales: sus requisitos, periodicidad, cancelación y actualización.
  • Requisitos para el Aprovechamiento Forestal de las Plantaciones Forestales.

Resolución No. 0000684 de 03-09-2019 (Corporación Autónoma Regional del Atlántico)

Adopta los términos de referencia para la elaboración de planes de aprovechamiento forestal requeridos en la solicitud de permisos y autorizaciones de aprovechamiento forestal único inmersos dentro del trámite de una licencia ambiental.

Los términos de referencia son una guía general, no exclusiva, que define la estructura, contenido y aspectos mínimos aplicables en las solicitudes que se tramiten en la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico.

Resolución No. 1561 de 09-10-2019 (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible) 

Adopta los términos de referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), requerido para el trámite de la licencia ambiental de los proyectos de explotación de materiales de construcción, amparados en autorizaciones mineras temporales, destinados al mantenimiento, mejoramiento y rehabilitación de vías terciarias y para el programa “Colombia Rural”.

Resolución Conjunta No. 1558 de 09-10-2019 (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible)

Prohíbe el ingreso de plásticos de un solo uso en las Áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia, con excepción de los plásticos de un solo uso destinados a propósitos y usos médicos, obligación que empezará a regir en seis meses contados a partir de la entrada en vigencia de esta resolución, es decir, el 16 de abril del 2020.

Esta prohibición aplica a los visitantes, prestadores de servicios asociados a ecoturismos, funcionarios y contratistas de Parques Naturales Nacionales y a las personas jurídicas o naturales que realicen actividades en el interior de estas áreas en virtud del otorgamiento de permisos ambientales

La norma establece las obligaciones que deberán cumplir los visitantes a los Parques Naturales Nacionales, define que deberá entenderse como plásticos de un solo uso, por último, dispone que el incumplimiento de lo ordenado en la resolución dará lugar al inicio de un procedimiento sancionatorio ambiental.

JURISPRUDENCIA

Sentencia Consejo de Estado (CE-SEC1-EXP2019-N00464-00)

Por medio de esta sentencia el Consejo de Estado decide la solicitud de una medida cautelar de suspensión provisional de la Resolución No. 909 de 2008, por medio de la cual el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial fijó los estándares de emisión de contaminantes a la atmósfera por fuentes fijas.

La Resolución No. 909 de 2008 fue demandada bajo el argumento de que la norma no expone o justifica con fundamentos técnicos o jurídicos el tratamiento diferencial que se da en entre los estándares de emisión fijados para las fuentes de emisión existentes y nuevas, siendo los de estas últimas más rigurosas, lo cual puede vulnerar el derecho fundamental a la igualdad.

En virtud de lo anterior, la alta corte decide suspender provisionalmente los artículos (exclusivamente en relación con las actividades industriales nuevas.), 6, 8, 10, 14, 17, 19, 23, 25, 27, 52 y 96 de la Resolución No. 909 del 5 de junio de 2008.